Formulario I-130: Todo lo que debes saber

Tener su documentación en orden es fundamental para tener un proceso migratorio exitoso y la reunificación familiar no es la excepción. Por eso, hoy veremos qué es el Formulario I-130, quién lo necesita y cómo presentar una solicitud manera efectiva.

Si necesita ayuda para reunir o completar su documentación, en Urbina Immigration Law podemos asistirlo. No arriesgue el éxito de su proceso migratorio. Comuníquese con nuestros abogados de inmigración y obtenga la ayuda legal de calidad que necesita para presentar una solicitud de peticiones familiares.

Cómo llenar la Forma I-130 paso a paso

Para completar correctamente el Formulario I-130, es recomendable seguir los siguientes pasos:

Paso 1: Completar la Información del peticionario (Patrocinador)

En la primera sección del Formulario I-130, el peticionario deberá especificar qué clase de relación familiar tiene con el beneficiario así como cierta información personal como su nombre, dirección, historial de empleo, historial de residencia, historial marital, etc.

Paso 2: Completar la Información del beneficiario (Familiar Patrocinado)

A partir de la parte 4 del Formulario I-130, deberá incluir los datos del beneficiario (como su nombre, dirección, etc.) y su relación con el patrocinador (peticionario). Es de vital importancia que llene esta parte con cuidado, ya que servirá como para establecer la conexión familiar.

Paso 3: Declaración, datos de contacto y firma del peticionario

Finalmente, en la sección 6, el peticionario deberá dar su declaración firmada certificando bajo pena de perjurio que toda la información proporcionada es autorizada, verificada, completa y veraz, y autorizando la divulgación de datos para la aplicación de leyes de inmigración de EE. UU.

Paso 4: Adjunta Documentos y Pago

Por último, añada los documentos de respaldo necesarios, como actas de nacimiento, junto con el pago de las tarifas correspondientes antes de enviar el Formulario I-130.

Completar correctamente el Formulario I-130 es fundamental para el proceso de reunificación familiar. Por eso, es recomendable buscar un abogado de inmigración que lo ayude a llenar y reunir la documentación necesaria. No arriesgue el futuro de su familia. Hable hoy con nuestros abogados y asegure el reencuentro con sus seres queridos.

¿Qué es el Formulario I-130?

El Formulario I-130 es una solicitud para familiares extranjeros que desean obtener residencia permanente en EE. UU. a través de un familiar ciudadano o residente permanente. Este sirve para establecer la existencia de una relación familiar entre ambos.

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El Formulario I-130 es una solicitud para familiares extranjeros de ciudadanos y residentes estadounidenses que desean obtener residencia permanente

¿Quién puede presentar el Formulario I-130?

El Formulario I-130 puede ser presentado por ciudadanos estadounidenses para cónyuges, hijos, parientes y hermanos. Los residentes permanentes, en cambio, pueden presentarlo para cónyuges e hijos solteros.

Contar con la ayuda de un abogado de inmigración es clave para asegurarse de que tanto usted como su familiar pueden solicitar una petición I-130. No arriesgue el reencuentro con su familia. Comuníquese con nuestros abogados y asegure el futuro de sus seres queridos.

¿Quién no puede presentar el Formulario I-130?

Algunas personas están excluidas del proceso de reunificación familiar. Incluso aunque exista una relación familiar, las siguientes personas no pueden presentar el Formulario I-130:

  • Abuelos, nietos, sobrinos, tíos, primos o suegros.
  • Hijos adoptivos mayores de 16 años.
  • Familiares biológicos que obtuvieron residencia/ciudadanía por adopción.
  • Padrastros/hijastros casados mayores de 18 años.
  • Cónyuges si la ceremonia no tuvo presencia física.
  • Cónyuges que adquirieron residencia por matrimonio previo sin naturalización o 5 años de residencia.
  • Cónyuges casados durante procedimientos de inmigración o por conveniencia.
  • Familiares involucrados en matrimonio fraudulento.

Es crucial entender excepciones para presentar el Formulario I-130 con la documentación adicional requerida. En Urbina Immigration Law podemos ayudarlo. Comuníquese con nosotros y obtenga la ayuda legal que necesita para evitar las dificultades en su proceso migratorio.

¿Qué documentos debo adjuntar al Formulario I-130?

Junto con el Formulario I-130, deberá adjuntar cierta documentación adicional a forma de evidencia de su relación con el familiar por el que está haciendo la solicitud. Algunos de los documentos que puede usar son:

  • Prueba de ciudadanía o residencia del patrocinador (acta de nacimiento, certificado de naturalización o pasaporte de EE. UU.).
  • Pruebas de la relación familiar entre beneficiario y patrocinador (actas de nacimiento, documentos de identidad, acta de matrimonio, etc.).
  • Pruebas de autenticidad matrimonial (contratos conjuntos, estados de cuenta bancaria y fotografías).
  • Evidencia de cambio de nombre (orden legal de cambio de nombre).
  • Prueba de la nacionalidad del beneficiario (acta de nacimiento y pasaporte).
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El peticionario (patrocinador) debe cerciorarse de firmar el Formulario I-130

Entregar todos los documentos necesarios en tiempo y forma es clave para asegurarse un proceso rápido y efectivo del Formulario I-130. Por esto, es fundamental contar con un abogado de inmigración que lo ayude a reunir y llenar la documentación necesaria. Comuníquese hoy mismo con nuestros profesionales y pongamos en orden sus papeles.

¿Dónde debo presentar mi Formulario I-130?

En la siguiente tabla encontrará los lugares a los que deberá enviar su Formulario I-130 en función de su ubicación específica:

SituaciónDirección para USPSDirección para FedEx, UPS, DHL
Reside en ubicaciones especificadas (1) y presenta solo el Formulario I-130Localidad Segura (Lockbox) de USCIS en Phoenix, AZUSCIS, Attn: I-130, P.O. Box 21700, Phoenix, AZ 85036-1700
Reside en ubicaciones especificadas (2) y presenta solo el Formulario I-130Localidad Segura (Lockbox) de USCIS en Elgin, ILUSCIS, Attn: I-130, P.O. Box 4053, Carol Stream, IL 60197-4053
Reside fuera de Estados Unidos y presenta solo el Formulario I-130Localidad Segura (Lockbox) de USCIS en Dallas, TXUSCIS, Attn: I-130, P.O. Box 4053, Carol Stream, IL 60197-4053
Presenta Formulario I-130 e I-485 en ubicaciones especificadas (3)Localidad Segura (Lockbox) de USCIS en Chicago, ILUSCIS, Attn: AOS, P.O. Box 805887, Chicago, IL 60680
Presenta Formulario I-130 e I-485 en ubicaciones especificadas (4)Localidad Segura (Lockbox) de USCIS en Phoenix, AZUSCIS, Attn: AOS, P.O. Box 20500, Phoenix, AZ 85036-0500
  1. Listado de ubicaciones para el primer caso: Alaska, American Samoa, Arizona, California, Colorado, Commonwealth of the Northern Mariana Islands, Florida, Guam, Hawaii, Idaho, Kansas, Montana, Nebraska, Nevada, New Mexico, North Dakota, Oklahoma, Oregon, Puerto Rico, South Dakota, Texas, Utah, U.S. Virgin Islands, Washington y Wyoming.
  2. Listado de ubicaciones para el segundo caso: Alabama, Arkansas, Armed Forces Americas, Armed Forces Europe, Armed Forces Pacific, Connecticut, Delaware, Georgia, Illinois, Indiana, Iowa, Kentucky, Louisiana, Maine, Marshall Islands, Maryland, Massachusetts, Michigan, Micronesia, Minnesota, Mississippi, Missouri, New Hampshire, New Jersey, New York, North Carolina, Ohio, Palau, Pennsylvania, Rhode Island, South Carolina, Tennessee, Vermont, Virginia, Washington, D.C., West Virginia y Wisconsin.
  3. Listado de ubicaciones para el tercer caso: Alaska, California, Commonwealth of the Northern Mariana Islands, Connecticut, Delaware, District of Columbia, Florida, Georgia, Guam, Hawaii, Illinois, Indiana, Iowa, Kansas, Maine, Maryland, Massachusetts, Michigan, Minnesota, Missouri, Nebraska, New Hampshire, New Jersey, New York, North Carolina, North Dakota, Ohio, Oregon, Pennsylvania, Puerto Rico, Rhode Island, South Carolina, South Dakota, Texas, U.S. Virgin Islands, Vermont, Virginia, Washington y West Virginia.
  4. Listado de ubicaciones para el cuarto caso: Alabama, Arizona, Arkansas, Colorado, Idaho, Kentucky, Louisiana, Mississippi, Montana, Nevada, New Mexico, Oklahoma, Tennessee, Utah y Wyoming.

¿Qué ocurre si no falta alguno de los documentos adicionales para el Formulario I-130?

En caso de no contar con alguno de los documentos solicitados, debe presentar una carta de las autoridades pertinentes para confirmar que este no existe. Tenga en cuenta que USCIS puede enviarle una Solicitud de Evidencia (RFE) o incluso negar su solicitud en caso de falta de documentación de apoyo.

¿Cuánto tiempo tarda en procesarse el Formulario I-130?

El tiempo de procesamiento de la petición I-130 varía según la relación familiar y la carga de trabajo de USCIS. Para parientes inmediatos de residentes permanentes, puede tomar entre 5 y 37 meses. Los familiares directos de ciudadanos, en cambio, deben esperar entre 5 y 16 meses.

¿Existe alguna forma de acelerar el proceso?

Podría solicitar una petición especial a USCIS para acelerar el procesamiento de su petición I-130. Sin embargo, la agencia usualmente sólo considerará esta clase de peticiones si existen razones humanitarias urgentes o alguna solicitud especial del gobierno de los Estados Unidos.

¿Debo pagar una tarifa para presentar el Formulario I-130?

Sí. La tarifa de presentación del Formulario I-130 es de $535 y puede pagarla con cheque o tarjeta de crédito, utilizando el Formulario G-1450.

¿Qué ocurre si mi petición I-130 es denegada?

Si USCIS rechaza su solicitud I-130, recibirá un Formulario I-797 (Aviso de Acción) por correo. Sin embargo, tenga en cuenta que puede presentar una apelación en la decisión ante la Oficina de Administración de Apelaciones (AAO), siempre y cuando lo haga en un plazo de 30 días (a partir del día cuando la notificación fue enviada).

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Si su solicitud I-130 es denegada, podría presentar una apelación ante la Oficina de Administración de Apelaciones

Formulario I-130 aprobado, ¿Qué sigue?

Una vez que su solicitud I-130 ha sido aprobada, su familiar podrá solicitar su green card. En caso de tratarse de un familiar inmediato (padres, cónyuges o hijos solteros menores de 21 años) pueden hacerlo inmediatamente a través del Formulario I-485. De otra forma, puede que tengan que esperar un tiempo para comenzar el ajuste de estatus.

Por esto, contar con la ayuda de un abogado de inmigración es fundamental para simplificar y agilizar el proceso. No arriesgue el reencuentro con sus seres queridos enfrentando el sistema migratorio por su cuenta. Comuníquese con uno nuestros abogados y de el siguiente paso para asegurar el futuro de su familia en Estados Unidos.

Fuentes

USCIS – I-130, Petición de Familiar Extranjero

USCIS – Procesos de Permisos Humanitarios de Reunificación Familiar

USCIS – Direcciones para la Presentación Directa del Formulario I-130

Otros recursos

Formulario I-130 aprobado: Cómo avanzar en el proceso de la petición familiar

Cómo obtener la Green Card en Estados Unidos – Guía actualizada

¿Cuáles son las categorías de la Green Card?

Parole de reunificación familiar en Estados Unidos: Guía completa

Cómo solicitar la residencia americana por petición familiar, paso a paso

Formulario DS 260: El paso imprescindible para tu visa de inmigrante

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