Ya hemos visto cómo una petición familiar puede ayudarlo a reencontrarse con sus seres queridos. Ahora bien, una vez que tiene un Formulario I-130 aprobado, ¿Qué sigue? Hoy le explicaremos cómo continuar el proceso migratorio con una petición familiar exitosa.
Si necesita ayuda con cualquier asunto relacionado a inmigración familiar, en Urbina Immigration Law podemos asistirlo. No arriesgue el futuro de sus seres queridos enfrentando por su cuenta el complejo sistema migratorio. Cuéntenos su caso y de el primer paso para ayudar a su familia a inmigrar a los Estados Unidos.
Tabla de Contenidos
¿Cómo saber si mi petición I-130 fue aprobada?
Primero contestemos una duda bastante común: ¿Cómo saber si mi peticion I-130 fue aprobada? Pues bien, para averiguar esto puede seguir estos pasos:
- Verificar en línea: Puede utilizar la herramienta de estado de caso en línea de USCIS. Para ello, deberá ingresar el número de recibo de USCIS que se encuentra en el aviso de recibo que recibió después de presentar su petición I-130. Luego, haga clic en «Verificar estado» para revisar el estado actual de su petición.
- Llamar a USCIS: Si no tiene el número de recibo o si tiene dificultades para verificar en línea, puede llamar a USCIS al 1-800-375-5283. Proporcione la información necesaria para obtener el estado de su petición I-130.
Recuerde que estos métodos le permitirán conocer el estado actual de su petición. Si la petición ha sido aprobada, la herramienta en línea o el representante de USCIS podrá confirmarlo y proporcionar detalles adicionales sobre los próximos pasos a seguir.
Formulario I-130 aprobado, ¿Qué sigue?
Una vez que tenga su Formulario I-130 aprobado, puede continuar su proceso migratorio de la siguiente manera:
Paso 1: Recepción de la Notificación de Acción del Peticionario (NOA)
Espere el aviso de notificación de USCIS para confirmar la aprobación oficial. Guarde esta carta, ya que probablemente la necesitará más adelante. Si el estado de su caso en línea figura como “aprobado”, pero todavía no ha recibido su notificación, debe comunicarse con USCIS.
Paso 2: Preprocesamiento por parte del Centro Nacional de Visas (NVC)
Una vez aprobada por USCIS, la petición I-130 se envía al Centro Nacional de Visas (NVC) para el preprocesamiento. En esta etapa, se solicitarán tarifas y documentos del peticionario y beneficiario.
Paso 3: Recepción del número de caso y carta de bienvenida del NVC
Una vez proporcionada toda la documentación necesaria, el NVC le asignará un número de caso y le enviará una carta de bienvenida con instrucciones para seguir con el proceso.
Paso 4: Pago de tasas de visado de inmigrante y Ajuste de Estatus (AOS)
Una vez que reciba las instrucciones del NVC, podrá dar inicio al proceso de Ajuste de Estatus para obtener la residencia permanente. Para ello, se deben abonar las tarifas necesarias para dicho proceso y/o para el visado de inmigrante, para luego programar una entrevista con los oficiales de USCIS.
Paso 5: Completar formularios DS-260 e I-864 y agendar entrevista
Llenar el Formulario DS-260 en línea y completar el Formulario I-864 (Declaración Jurada de Patrocinio Económico). Una vez hechos, el NVC o el consulado enviarán una carta con detalles para la entrevista.
Dependiendo de las particularidades de su caso, podrían presentarse algunos pasos extra. Además, el proceso de ajuste de estatus puede ser sumamente complejo y tiene sus particularidades. Por esto, es esencial contar con un abogado de inmigración que lo asista. Comuníquese con nosotros hoy mismo y obtenga la ayuda legal que necesita.
¿Qué documentos necesito para ajustar mi estatus luego de aprobada mi petición I-130?
Una vez aprobada su petición I-130, necesitará la siguiente documentación para continuar con el proceso:
- Formularios:
- Formulario I-485 (Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus).
- Formulario I-130 (Aprobado previamente).
- Formulario I-864 (Declaración Jurada de Patrocinio Económico bajo la Sección 213A de la Ley).
- Formulario I-693 (Examen Médico del USCIS, completado por un médico autorizado).
- Documentos Personales:
- Pasaporte válido.
- Copias de las páginas de identificación del pasaporte.
- Fotos de tamaño pasaporte según las especificaciones del USCIS.
- Acta de Nacimiento.
- Documento de identidad con fotografía emitido por el gobierno (licencia de conducir, identificación estatal, etc.).
- Documentos de Estado Civil:
- Certificado de matrimonio (si aplica).
- Certificado de divorcio o documentos de disolución de matrimonio previo (si corresponde).
- Certificado de defunción del cónyuge anterior (si corresponde).
- Documentos Financieros y de Empleo:
- Prueba de empleo actual (cartas de empleo, talones de pago recientes, etc.).
- Declaraciones de impuestos (Formularios W-2 o 1099).
- Prueba de ingresos (declaraciones bancarias, estados financieros, etc.).
- Carta de empleo u oferta de trabajo (si aplica).
- Documentos de Carácter Criminal:
- Antecedentes penales (certificados de antecedentes penales o policiales).
- Certificados de rehabilitación (si tiene antecedentes penales).
Presentar toda esta documentación es vital para seguir adelante luego de que su Formulario I-130 sea aprobado. Sin embargo, reunir y llenar todos estos documentos es una tarea sumamente dificil. No arriesgue su futuro. Hable con uno de nuestros abogados hoy mismo y obtenga la ayuda que necesita para poner sus papeles en orden.
¿Qué puedo hacer si mi petición I-130 es rechazada?
Si su petición I-130 es rechazada, puede apelar la decisión presentando el Formulario I-290B dentro de los 30 días posteriores al rechazo. Existen dos tipos de apelaciones a las que podría recurrir:
- Apelaciones administrativas: Son procesos de apelación que se envían a la Oficina de Apelaciones Administrativas (AAO) de USCIS. Se emplean con frecuencia para peticiones relacionadas con la familia o el empleo, así como otras solicitudes a USCIS.
- Revisión judicial: Si la apelación ante la AAO es rechazada, se puede solicitar una revisión judicial ante el tribunal federal correspondiente. Este paso se toma cuando se agotan las opciones administrativas y se busca un fallo judicial sobre la decisión de USCIS.
Presentar una apelación ante un tribunal de inmigración es un proceso sumamente complejo y estresante. En Urbina Immigration Law podemos ayudarlo. Comuníquese con nosotros y reciba la asesoría legal que necesita para determinar la mejor estrategia en su caso específico.
¿El familiar (beneficiario) puede trabajar con un Formulario I-130 aprobado?
No, un Formulario I-130 aprobado no da automáticamente el derecho de trabajar. Sin embargo, durante el proceso puede solicitar un Documento de Autorización de Empleo (EAD) presentando el Formulario I-765 para trabajar legalmente en Estados Unidos.
¿Puedo peticionar por mi cónyuge o prometida(o) con un Formulario I-130?
Si el peticionario es ciudadano estadounidense, entonces podría peticionar por su cónyuge a través del Formulario I-130. Este sería un posible primer paso para obtener un visado K-3 (Visa de no inmigrante para un cónyuge).
Si, en cambio, el ciudadano está peticionando por su prometida(o), entonces tendrá que presentar el Formulario I-129 (Petición para un prometido/a extranjero/a), para que sea admitida(o) en los Estados Unidos bajo es estatus no inmigrante K-1.
¿Pueden rechazar mi Formulario I-130 por tener antecedentes penales?
USCIS podría denegar su solicitud si usted o su familiar tienen antecedentes penales. Sin embargo, dependiendo de su caso, aún podría ser posible patrocinar a su familiar o solicitar la residencia permanente. Por esto, es recomendable buscar la ayuda de un abogado de inmigración para determinar la mejor estrategia para su caso.
¿Puedo presentar el Formulario I-130 y el I-480 juntos?
Sí, puede presentar ambos formularios juntos si su familiar se encuentra en Estados Unidos a través de una solicitud simultánea. Sin embargo, esto no es posible si el familiar no está en el país.
Formulario I-130 aprobado: Ayuda legal para continuar su proceso migratorio
Un Formulario I-130 aprobado puede abrirle las puertas a una vida junto a su familia en Estados Unidos. Con la aprobación de este proceso, su familiar no solo podrá ingresar legalmente al país, sino también conseguir un estatus legal permanente. Sin embargo, el proceso es sumamente difícil y puede ser abrumador.
Enfrentarse solo al sistema migratorio podría poner en riesgo su solicitud y el futuro de su familia. Por esto, contar con un abogado de inmigración que determine el mejor curso de acción para su caso es esencial. Hable con uno de nuestros abogados hoy mismo y de el primer paso hacia una vida mejor para su familia.
Fuentes
USCIS – Ajuste de estatus
USCIS – I-130, Petición de Familiar Extranjero
USCIS – Procesos de Permisos Humanitarios de Reunificación Familiar
Otros recursos
Cómo obtener la Green Card en Estados Unidos – Guía actualizada
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