Ya hemos visto que se puede obtener la residencia por asilo cumpliendo ciertos requisitos. Ahora bien, mucha gente se pregunta: “¿Si tengo residencia por asilo puedo viajar a mi país?” Hoy veremos todo lo que debe saber sobre la posibilidad de salir de Estados Unidos siendo asilado.
Salir del país sin los permisos correspondientes puede perjudicar su solicitud. Por esto, es fundamental consultar con un abogado de inmigración antes de tomar cualquier decisión. No arriesgue su futuro. En Urbina Immigration Law podemos ayudarlo. Comuníquese con nosotros y asegure su proceso migratorio.
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Tengo residencia por asilo, ¿Puedo viajar?
Sí, teniendo la residencia por asilo puede viajar fuera del país y reingresar sin ningún problema. Sin embargo, en caso de contar solo con el estatus de asilado, deberá solicitar un documento de viaje mediante el Formulario I-131. Sin este documento, podrían impedirle regresar a los EE.UU. Por esto, es importante consultar con un abogado de inmigración antes de viajar. En Urbina Immigration Law podemos ayudarlo. Cuéntenos su situación y viaje con la seguridad de saber que podrá mantener su estatus.
¿Qué es un documento de viaje?
Un documento de viaje es un permiso que autoriza a personas sin estatus de residente permanente a viajar al extranjero. También conocido como «libertad condicional anticipada», este funciona como un pasaporte y permite regresar al país sin una visa válida. Además, el solicitar un documento de viaje no afecta su solicitud de residencia.
¿Qué documentos debo presentar para solicitar un documento de viaje?
La documentación necesaria para solicitar un documento de viaje varía en función de si se lo solicite dentro o fuera de Estados Unidos. Encontrará los documentos necesarios para uno y otro caso en la siguiente tabla:
Si se encuentra… | Entonces debe presentar… |
En Estados Unidos | Formulario I-131 (Solicitud de Documento de Viaje) |
Copia de un documento oficial de identidad con fotografía | |
Prueba de estatus de refugiado o asilado | |
Declaración explicando el motivo de una respuesta «sí» a cualquier pregunta en la Parte 6 del Formulario I-131 | |
En el extranjero | Formulario I-131 (Solicitud de Documento de Viaje) |
Dos fotografías estilo pasaporte, a color e idénticas (tomadas en un plazo de 30 días) | |
Evidencia de su última salida de EE.UU. (boletos de avión, tarjeta de embarque, etc.) | |
Recibo de las tarifas pagadas | |
Declaración explicando: – El propósito de su viaje fuera de EE.UU. – El motivo por el que salió de EE.UU. sin solicitar primero un documento de viaje de refugiado – Dónde ha viajado desde que salió de EE.UU. – Sus actividades mientras está fuera de EE.UU.- Si tenía intención de abandonar su estatus de asilo o refugiado al salir de EE.UU. |
Tenga en cuenta que, según su caso, podría necesitar ciertos documentos adicionales. Por esto, lo mejor es buscar la ayuda de un abogado para reunir todos lo necesario. En Urbina Immigration Law podemos ayudarlo. Cuéntenos su caso hoy mismo y pongamos en orden su documentación.
¿Cómo obtener un documento de viaje para refugiado/asilado?
El proceso para obtener un documento de viaje puede resumirse en los siguientes pasos:
Paso 1: Complete el Formulario I-131
Descargue y complete el Formulario I-131, asegurándose de llenar todas las secciones requeridas. Si solicita este documento siendo refugiado/asilado, preste especial atención al completar la parte 6 del formulario. Cualquier error u omisión en este punto podría retrasar o incluso truncar su solicitud.
Paso 2: Reúna los Documentos Necesarios
Luego, reúna los documentos necesarios, mencionados anteriormente. Tenga en cuenta que estos pueden variar en función de si está dentro o fuera del país a la hora de solicitar su documento de viaje.
Paso 3: Prepare Declaraciones Explicativas
Si debió salir de Estados Unidos sin el documento de viaje, prepare una declaración explicativa que incluyan el propósito de su viaje fuera del país, el motivo por el que no solicitó el documento, detalles de sus actividades y viajes realizados desde su salida, e intenciones sobre su estatus de asilo o refugiado al salir.
Paso 4: Presente la Solicitud
Después, presente la solicitud enviando el formulario y los documentos de soporte a la dirección correspondiente de USCIS. Consulte las Direcciones para la Presentación Directa del Formulario I-131 para obtener información sobre dónde enviar su solicitud.
Paso 5: Espere la Aprobación
Finalmente, espere la aprobación, teniendo en cuenta los tiempos de procesamiento de USCIS antes de planificar su viaje. Si tiene una necesidad urgente de viajar, puede consultar la página de Procesamiento Expedito y Viaje de Emergencia de USCIS para más información.
El documento de viaje es sumamente importante ya que, si sale del país sin este, podrían negarle el reingreso e incluso perder su estatus. Por esto, lo mejor contar con un abogado de inmigración que lo ayude a tramitarlo lo antes posible. En Urbina Immigration Law podemos asistirlo. Comuníquese con nosotros y obtenga su permiso de viaje.
¿Puedo presentar una Solicitud de Documento de Viaje después de haber salido de Estados Unidos?
Sí, es posible presentar su solicitud de documento de viaje habiendo salido de Estados Unidos. Sin embargo, esto no es recomendable. Si presenta su solicitud después de salir, deberá demostrar que no pudo presentarla antes por motivos de fuerza mayor y que ha estado fuera del país por menos de un año.
¿Qué ocurre si salgo de Estados Unidos sin tener la residencia ni documento de viaje?
Si deja los Estados Unidos sin residencia o un documento de viaje válido, se considerará que ha abandonando su estatus legal en el país, complicando futuras solicitudes de ingreso. Además, se le puede negar la entrada y podría enfrentar dificultades para obtener un nuevo estatus migratorio.
¿Cuánto tarda en procesarse un documento de viaje?
USCIS proporciona estimaciones generales de tiempos de procesamiento en su sitio web, pero estos pueden cambiar dependiendo de varios factores. Por esto, se recomienda presentar la solicitud con al menos 60 días de anticipación a la fecha de viaje prevista.
¿Por cuánto tiempo es válido un documento de viaje?
Un documento de viaje es válido por un año. Sin embargo, los tiempos de procesamiento son cambiantes, por lo que es importante que tenga esto en cuenta si debe tramitar su permiso de viaje desde el extranjero.
¿Pueden rechazar mi Formulario I-131 si salgo de Estados Unidos mientras la solicitud está pendiente?
Sí, su Formulario I-131 podría ser rechazado si sale de Estados Unidos mientras la solicitud está pendiente. Esto especialmente si no ha indicado la opción de que USCIS envíe el documento al extranjero o si no ha proporcionado datos biométricos antes de salir.
Conclusión
Como hemos visto, con la residencia por asilo podrá viajar fuera de Estados Unidos y volver sin ningún problema. Sin embargo, todo cambia si solo cuenta con un estatus de asilado o si su ajuste de estatus está en trámite. En este caso, deberá solicitar un documento de viaje para poder salir del país. De lo contrario, podría enfrentar consecuencias graves.
Por esto, es fundamental consultar su situación con un abogado de inmigración antes de viajar. Este puede analizar su situación y ayudarlo a elegir la mejor opción disponible. No arriesgue su futuro. En Urbina Immigration Law podemos ayudarlo. Cuéntenos su caso y obtenga la ayuda legal que necesita.
Fuentes
USCIS – Residencia Permanente para Asilados
USCIS – I-131, Solicitud de Documento de Viaje
Otros recursos
Residencia Permanente para Víctimas de Violencia o Delitos
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