Para la mayoría de los migrantes, la deportación parece ser el fin del mundo. Sin embargo, a veces es posible solicitar la reapertura de un caso ante el un tribunal de inmigración. Pero, ¿Cómo reabrir un caso de deportación? ¿Qué es una moción para reabrir? Hoy veremos qué opciones existen para que pueda resolver su situación migratoria.
Un proceso de deportación puede ser abrumador para cualquier persona, ya que en este se juega su futuro en el país. Por esto, lo mejor es buscar la ayuda de un abogado de inmigración que lo acompañe en este duro momento. En Urbina Immigration Law podemos asistirlo. Cuéntenos su caso y defendamos juntos sus derechos.
Tabla de Contenidos
¿Qué es una moción para reabrir?
Una moción para reabrir es una solicitud legal para reconsiderar un caso de inmigración previamente decidido. Se presenta ante un tribunal de inmigración después de que se haya emitido una orden final de deportación o expulsión. Esta debe basarse en nuevos hechos o evidencia que no estuvo disponible al momento del fallo original.
¿Cómo reabrir un caso de deportación?
Entonces, ¿Cómo reabrir un caso de deportación? Esto puede resumierse en los siguientes pasos:
Paso 1: Evaluar la elegibilidad
Primero, evalúe si su caso califica para una moción para reabrir y si esto es lo mejor para usted. Recuerde que existen diversos tipos de defensa contra la deportación, y elegir el adecuado para su caso es esencial. Por esto, lo mejor es consultar con un abogado antes de iniciar una acción legal.
Paso 2: Recopilar nueva evidencia
Una vez que haya decidido presentar una moción para reabrir, reúna toda nueva evidencia relevante que pueda respaldarla. Esto podría incluir testimonios, registros médicos, declaraciones juradas, cartas de apoyo u otra documentación que demuestre cambios en su situación desde la última vez que se consideró tu caso.
Paso 3: Preparar la moción para reabrir
Una vez reunida la nueva evidencia, redacte la moción para reabrir su caso. Asegúrese de incluir todos los detalles relevantes sobre por qué su caso debe reabrirse y cualquier nueva evidencia que respalde su solicitud.
Paso 4: Presentación ante el tribunal de inmigración
Una vez preparada su moción para reapertura, debe presentarla ante el tribunal de inmigración competente. Asegurese de seguir todos los procedimientos y plazos establecidos por el tribunal para la presentación de documentos legales.
Una vez que haya presentado la moción, el tribunal revisará su caso y emitirá una decisión sobre si se concede o no la solicitud de reapertura. Este proceso puede llevar tiempo, así que sea paciente mientras espera la decisión del tribunal.
Paso 5: Decisión del tribunal
Dependiendo de la decisión del tribunal, es posible que necesite tomar medidas adicionales. Si se concede la moción, deberá seguir ciertos pasos adicionales para avanzar con su caso. Si se deniega la moción, puede que aún pueda optar por otras clases de defensa contra la deportación o apelar la decisión según sea necesario.
Tenga en cuenta que se trata de un proceso sumamente complejo, en el cual cualquier acción legal precipitada podría complicar su caso. Por esto, lo mejor consultar con un abogado que lo asista a cada paso del proceso. En Urbina Immigration Law podemos ayudarlo. Comuníquese con nosotros hoy mismo y defiéndase contra la deportación.
¿Cuál es la diferencia entre moción para reabrir y para reconsiderar?
Como hemos mencionado, una moción para reabrir busca revisar una decisión basada en nuevos hechos o evidencia relevante no presentada anteriormente. Una moción para reconsiderar, en cambio, solicita revisar una decisión debido a una interpretación incorrecta de la ley o política, sin considerar nuevos hechos o evidencia.
Confundir estas mociones puede resultar en la nulidad de su moción. Por esto, es importante consultar con un abogado antes de tomar cualquier acción legal. No arriesgue su futuro enfrentando estos procesos por su cuenta. En Urbina Immigration Law podemos ayudarlo. Hable con un abogado y defiéndase contra la deportación.
Ejemplo práctico
Veamos este ejemplo para analizar mejor la diferencia entre una moción para reabrir y para reconsiderar: María presentó una solicitud de ajuste de estatus basada en su matrimonio con un ciudadano estadounidense, pero fue denegada debido a una interpretación incorrecta de la ley por parte del tribunal.
Durante su audiencia, María no pudo presentar cierta documentación crucial que demostraría su elegibilidad para el ajuste de estatus. Una moción para reconsiderar sería apropiada en este caso, ya que se trata de corregir un error legal sin presentar nuevos hechos o evidencia.
¿Cuáles son las causas para presentar una moción para reabrir?
Existen dos razones por las que Inmigración y Aduanas (ICE) o el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) podría aceptar una moción para reabrir:
- Aparición de nueva evidencia, hechos u otros circunstancias excepcionales convincentes que no fueron tomadas en cuenta al momento del fallo original.
- Que se haya visto perjudicado debido al mal desempeño de su abogado durante el proceso original. En estos casos, deberá hacer lo siguiente:
- Presentar una declaración jurada explicando el acuerdo con el antiguo abogado con respecto a la representación legal.
- Presentar evidencia de que el abogado anterior ha sido informado de las acusaciones y se le ha dado la oportunidad de responder.
- Mostrar que se presentó una queja contra el abogado anterior a las autoridades disciplinarias correspondientes, o explicar por qué no se presentó tal queja.
Tenga en cuenta que la moción para reabrir su caso es una entre muchas opciones de defensa contra la deportación. Elegir la que más conveniente para su caso es esencial. Por eso, lo mejor es consultar con un abogado antes de iniciar un proceso. En Urbina Immigration Law podemos ayudarlo. Cuéntenos su caso y defendamos juntos sus derechos.
¿Cuánto tiempo tengo para presentar mi moción para reabrir?
Una moción para reabrir un caso debe presentarse dentro de los 90 días posteriores a la fecha de entrada de una orden final de remoción. Sin embargo, existen excepciones a este plazo:
- Orden de remoción “in absentia”: En estos casos, puede presentar su moción para reabrir dentro de los 180 días si hubo “circunstancias excepcionales”, o en cualquier momento si no compareció a la audiencia por estar bajo custodia estatal o federal.
- Acuerdo con las autoridades: El gobierno acuerda en presentar una moción conjunta para reabrir sin límite de tiempo.
- Cambios en las condiciones del país de origen: En caso de una solicitud de asilo o retención de remoción basada en cambios en las condiciones del país que no se pudieron descubrir o presentar en la audiencia original no hay límite de tiempo para presentar una moción para reabrir.
- Moción basada en dificultades excepcionales o violencia extrema: Si la moción se basa en crueldad extrema o dificultades excepcionales y extremas para un pariente ciudadano o residente estadounidense y la moción va acompañada de una solicitud de cancelación de remoción, no habrá límite de tiempo para presentarla.
Los plazos de presentación son claves para la presentación de una moción de reapertura. Por esto, lo mejor es consultar con un abogado de inmigración para presentarla en el momento adecuado. No arriesgue su futuro enfrentando una apelación por su cuenta. En Urbina Immigration Law podemos ayudarlo. Cuéntenos su caso y defiéndase como se debe.
¿Qué clase de evidencia y documentación necesito para mi moción?
Para presentar y respaldar una moción para reabrir su caso, debe presentar la siguiente documentación:
- Formulario I-290B, Aviso de Apelación o Moción
- Formulario N-336, Solicitud de Audiencia sobre una Decisión de Procesos de Naturalización bajo la Sección 336 (si apela la decisión sobre un Formulario N-400, Solicitud de Naturalización).
- Formulario I-694, Notificación de Apelación de una Decisión Bajo las Secciones 245A o 210 de la Ley de Inmigración y Naturalización (si apela la decisión sobre sobre solicitudes de trabajadores inmigrantes especiales, de legalización y de cancelación de estatus de residente legal).
- Formulario EOIR-29, Notificación de Apelación de una Decisión de un Oficial de DHS ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (si apela la decisión sobre un Formulario I-130, petición de Familiar Extranjero u otras decisiones que son apeladas ante la BIA).
- Nuevo material de evidencia, entre otros:
- Declaraciones juradas
- Testimonios
- Registros médicos
- Informes oficiales sobre los cambios en las condiciones del país de origen
- Cartas de apoyo
Tenga en cuenta que la presentación de nueva evidencia es fundamental para cualquier moción para reabrir. Por esto, lo mejor buscar la ayuda de un abogado para reunir la documentación necesaria. En Urbina Immigration Law podemos asistirlo. Comuníquese con nosotros y pongamos en orden sus papeles.
¿Cuáles son las causas para presentar una moción de reapertura?
Las causas más comunes para presentar una moción de reapertura son:
– Suspensión de la deportación.
– Asilo y retención de la remoción.
– Alivio bajo la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura (protección CAT).
– Ajuste de estatus.
– Alivio NACARA 203.
– Asistencia ineficaz de abogado.
¿Pueden deportarme mientras mi moción está pendiente?
Sí, puede ser deportado mientras su moción se encuentre pendiente. Debe tener en cuenta que presentar una moción para reabrir no cambia la orden de deportación subyacente. Por esto, lo mejor es consultar con un abogado de inmigración antes de iniciar cualquier acción legal.
¿Puedo apelar si deniegan mi moción para reabrir?
Sí, se puede apelar la denegación de una moción para reabrir ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) y, posteriormente, ante el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Noveno Circuito en la mayoría de los casos.
Sin embargo, es crucial actuar rápidamente, ya que hay plazos limitados para apelar una decisión de inmigración. Por esto, lo mejor es consultar a un abogado de inmediato para evitar la pérdida del derecho de apelación.
¿Qué ocurre si salgo del país por salida voluntaria?
En caso de que opte por la salida voluntaria y no respete el plazo establecido para salir del país, la moción para reabrir será denegada por incumplimiento. A esto se lo conoce como la “Doctrina de Desentitulación Fugitiva” según la cual, al negarse a salir según lo establecido, el extranjero ha renunciado a su derecho de reabrir el caso.
Moción para reabrir concedida: ¿Qué sigue?
Una vez concedida su moción para reabrir su caso, se le permitirá presentar la nueva evidencia. El juez de inmigración la analizará y fallará sobre el caso en base a la nueva documentación presentada. Sin embargo, esto no garantiza que la deportación será cancelada ni finalizará el proceso.
Una vez que el juez falle deberá continuar su camino legal por otras vías, ya sea mediante otro recurso de defensa o mediante una apelación. Por esto, lo mejor es buscar la ayuda de un abogado de inmigración que lo guíe a cada paso. En Urbina Immigration Law podemos ayudarlo. Comuníquese con nosotros y reciba la ayuda legal que necesita.
Fuentes
USCIS – Preguntas y Respuestas: Apelaciones y Mociones
Otros recursos
Clasificación de las Deportaciones en EE. UU
¿Qué hacer si tengo una orden de deportacion?
¿Qué razones pueden llevar a deportar a una persona de los Estados Unidos?
Cómo evitar la deportación en Estados Unidos: la guía completa
Formulario 42B de Inmigración: el recurso para cancelar la deportación en Estados Unidos
¿Qué es un Perdón Migratorio y cómo debo solicitarlo?
¿Qué es el Formulario o Perdón I601 y para qué sirve?
¿Cuánto tiempo tarda en resolverse una apelación de deportación en Estados Unidos?